

NOVEDADES
La Comisión Arbitral reprogramó vencimientos del SIRCAR para 2026
La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (Comarb), mediante Disposición 1/2026, cambió las fechas de vencimiento para la presentación y pago de retenciones y percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a través del sistema SIRCAR.
El origen del cambio: el reclamo privado
La decisión surge como respuesta directa a las solicitudes enviadas por diversos agentes de retención y cámaras empresariales. El conflicto radicaba en la Resolución General N° 21/2025, la cual había fijado para ciertos meses de 2026 fechas de vencimiento que caían en el cuarto día hábil.
Según los argumentos de los contribuyentes, este plazo resultaba insuficiente para el procesamiento de datos de la 'Segunda Quincena', implicando una sobrecarga administrativa mayor a la de años anteriores.
El nuevo criterio: mínimo 5 días hábiles
La Comarb reconoció que el cronograma original reducía los plazos habituales, en consecuencia, se estableció un nuevo criterio rector: los vencimientos deben fijarse, como mínimo, a partir del quinto día hábil de cada mes.
Esta modificación afecta específicamente a los anticipos de la Segunda Quincena de cinco meses clave del ejercicio 2026: enero, febrero, mayo, julio y octubre. El nuevo cronograma de vencimientos 2026
A continuación, se detallan las fechas reprogramadas según la terminación del CUIT (Dígito Verificador):
Mes de anticipo | CUIT terminado en 0 a 4 | CUIT terminado en 5 a 9 |
Enero | 06/02/2026 | 09/02/2026 |
Febrero | 06/03/2026 | 09/03/2026 |
Mayo | 05/06/2026 | 08/06/2026 |
Julio | 07/08/2026 | 10/08/2026 |
Octubre | 09/11/2026 | 10/11/2026 |